Reforma laboral con media sanción redefine contratación, indemnizaciones y poder sindical
El Senado aprobó la reforma laboral impulsada por el Gobierno, que introduce cambios estructurales en contratación, indemnizaciones y régimen sindical. El proyecto avanza hacia un esquema más flexible, con fuerte impacto potencial en costos laborales y previsibilidad empresarial.

El Senado otorgó media sanción a la reforma laboral impulsada por el Gobierno tras un extenso debate y en un clima de alta tensión social en las inmediaciones del Congreso. El texto aprobado incorpora cambios respecto de la versión original, pero mantiene el núcleo del proyecto: una reconfiguración profunda del régimen laboral, con foco en flexibilizar la contratación, modificar el esquema indemnizatorio y reducir la litigiosidad.
En materia de relaciones laborales, la iniciativa introduce el concepto de "salario dinámico", habilita mayores márgenes de negociación a nivel empresa o regional y amplía la jornada diaria hasta 12 horas con descanso obligatorio de 12 horas.
También flexibiliza el régimen de vacaciones, permite el fraccionamiento por acuerdo y redefine el pago de indemnizaciones, excluyendo conceptos como aguinaldo, vacaciones y premios del cálculo. Se fija además un tope salarial de hasta tres veces el promedio del convenio y se habilita el pago en cuotas de sentencias para grandes empresas y pymes.
Uno de los cambios estructurales es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que reemplazan parcialmente el esquema tradicional de indemnización por despido. Estos fondos, financiados con un porcentaje obligatorio de las contribuciones patronales (1% para grandes empresas y 2,5% para pymes), estarán bajo supervisión de la Comisión Nacional de Valores. El Gobierno sostiene que el mecanismo aportará previsibilidad y reducirá la litigiosidad; sus críticos advierten sobre un eventual abaratamiento del despido y un impacto negativo en el financiamiento previsional.

La reforma también avanza sobre el derecho colectivo. Mantiene la cuota sindical obligatoria con topes temporales, prioriza los acuerdos de empresa por sobre los convenios sectoriales y limita la ultraactividad de estos últimos.
Además, establece servicios mínimos obligatorios durante huelgas (75% en actividades esenciales y 50% en trascendentales) y amplía el universo de actividades alcanzadas.
En paralelo, crea un régimen específico para trabajadores de plataformas digitales, definiéndolos como prestadores independientes y no como empleados bajo relación de dependencia.
El capítulo de formalización y estímulos económicos completa el rediseño. Se crea un programa de promoción del empleo registrado que condona deudas y sanciones para regularizar trabajadores no registrados, junto con un régimen transitorio de reducción de contribuciones patronales para nuevas contrataciones. A esto se suman incentivos fiscales a medianas inversiones mediante amortización acelerada y devolución anticipada de IVA. En conjunto, la reforma plantea un giro estructural hacia un modelo más flexible y orientado a la inversión, cuyo impacto final dependerá de su reglamentación, su tratamiento en Diputados y la capacidad de absorber los costos de transición en el mercado laboral.
